Jefe de seguridad
| Formación - Mandos intermedios |
CURSO OFICIAL DE JEFE DE SEGURIDAD
DURACIÓN DEL CURSO: 50 horas
HORARIO: A determinar
IMPORTE DEL CURSO: consultar
IMPORTE DE LA MATRÍCULA: consultar
DIRIGIDO A:
MANDOS INTERMEDIOS de la seguridad, que desea ampliar su carrera en el campo de la seguridad.
OBJETIVOS:
Proporcionar a los participantes los conocimientos y prácticas suficientes para:
Analizar, conocer y diferenciar los medios, las técnicas y la organización de servicios propios de una empresa de Seguridad Privada.
Potenciar sus actitudes directivas, como gestor y organizador de servicios.
Aumentar la calidad en la gestión, la producción, los trabajos de régimen interno, los servicios y la atención al cliente.
Conocer y aplicar el análisis de riesgos.
Establecer planes y operaciones de seguridad.
Dominar las técnicas financieras, de organización empresarial, de recursos humanos y de personal.
Conocer la aplicación, y el uso de los medios físicos, electrónicos, operativos y de protección.
Tener presente la nueva legislación sobre Protección de Riesgos laborales para su aplicación.
Aplicar la seguridad de la información e informática.
FUNCIONES:
a) El análisis de situaciones de riesgo y la planificación y programación de las actuaciones precisas para la implantación y realización de los servicios de seguridad.
b) La organización, dirección e inspección del personal y servicios de seguridad privada.
c) La propuesta de los sistemas de seguridad que resulten pertinentes, así como la supervisión de su utilización, funcionamiento y conservación.
d) El control de la formación permanente del personal de seguridad que de ellos dependa, proponiendo a la dirección de la empresa la adopción de las medidas o iniciativas adecuadas para el cumplimiento de dicha finalidad.
e) La coordinación de los distintos servicios de seguridad que de ellos dependan, con actuaciones propias de protección civil, en situaciones de emergencia, catástrofe o calamidad pública.
f) Asegurar la colaboración de los servicios de seguridad con los de las correspondientes dependencias de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
g) En general, velar por la observancia de la regulación de seguridad aplicable.
h) La dirección de los ejercicios de tiro del personal de seguridad a sus órdenes, si poseyeran la cualificación necesaria como instructores de tiro.





